Ecologistas en Acción considera la propuesta del Ayto. de San Juan para el sector de Herba, SA (EBRO FOODS, SA) un escandaloso pelotazo urbanístico.
Plantea construir 2.000 viviendas junto al rio Guadalquivir en zona inundable y con la más alta densidad 120 viviendas por hectárea.
El Ayuntamiento de San Juan ha solicitado de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible el comienzo de la evaluación ambiental estratégica de la Modificación Puntual del planeamiento general para ordenar los terrenos de las unidades urbanísticas UA-5.2, UA-7 (fábrica Herba S.A y embarcadero del ferrocarril de Cala) y Sector 4.2.
Los terrenos son totalmente inundables, y a pesar de ello, se plantea darles la máxima densidad permitida, 120 viviendas por hectárea, y dado que los terrenos suman más de 16 hectáreas, la propuesta se eleva a 2.000 viviendas.
Además de la alta peligrosidad por la inundabilidad y su eventual afección a la población, esa alta densidad supone alterar la densidad preexistente en la ciudad consolidada infringiendo la ley de ordenación urbanística. Así, la UA 5-2 tiene una densidad de 22,39 viviendas por hectárea y la UA-9, tiene una densidad de 27 viviendas por hectárea. Lo que se propone es multiplicar por más de cuatro la densidad de esas unidades.
En el nuevo sector R-1 se construirían 2.000 viviendas, más que en todo San Juan a lo largo de 37 años (1.992 viv) y más de las que están previstas construir en el resto del suelo disponible para construir (1.445 viv).
Si a la propuesta del Ayuntamiento le sumamos la capacidad actual del planeamiento y el incremento de viviendas previsto por otra Modificación Puntual en trámite en el Sector 2 Vistahermosa, de 603 viviendas adicionales, y suponemos una ratio de 2,2 habitantes por vivienda, significaría un incremento de capacidad de población de casi el 41%. Solo el nuevo sector significaría un incremento de la capacidad de población de más del 20%.
Ese crecimiento no se justifica a la vista de los datos objetivos existentes de los últimos 10 años, en los que la población solo ha crecido un 3,56%.
Todo ello supone una manifiesta infracción del artículo 45.4 apartado a) del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, que exige que el crecimiento se ajuste a los datos objetivos de los últimos diez años y un límite del 30%.
A todo lo anterior hay que añadir la afección a la Zona de Especial Conservación del Guadalquivir y los importantes condicionantes derivados de la red de colectores de aguas residuales y pluviales en la zona, factores que no han sido estudiados.
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