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La granja porcina en Solera estaría en suelo no urbanizable de especial protección

  • Ecologistas en Acción de Jaén presenta alegaciones al Proyecto de Actuación donde demuestran que estaría prohibido este tipo de instalaciones.

La parcela rústica donde se pretende instalar la “explotación porcina intensiva y planta de compostaje” está ubicada dentro del ESPACIO PROTEGIDO denominado MORRÓN. Una montaña que se sitúa junto al pueblo de Solera y sirve de telón de fondo de esta y alcanza una altitud de 1402 metros de altitud con el Pico Morrón.

Dicha estructura montañosa fue protegida y catalogada en los años 90 como Complejo Serrano de Interés Ambiental, incluyendo dicha protección en las Normas Subsidiarias del Ayuntamiento de Huelma y prohibiendo instalaciones como es esta “explotación porcina intensiva y planta de compostaje” que se pretende instalar dentro de este espacio.

También se ha alegado a las posibles afecciones al acuífero que abastece a Solera, que serían tanto de extracción de 10 millones de litros de agua, como la posible contaminación por una mal y escaso diseño de las instalaciones de compostaje.

Además se han encontrado otras afecciones como son la presencia en esta zona de especies protegidas  y Hábitats de Interés Comunitario (HIC).

Desde Ecologistas en Acción de Jaén, la valoración que hacemos, es la de que esta industria porcina intensiva generará aspectos muy negativos para la Utilidad Pública y el interés colectivo en la zona. Sobreexplotación y contaminación del acuíferos, destrucción de su patrimonio natural, destrozo de las vías de comunicación del municipio y pérdida de oportunidades, de acuerdo a los valores de la zona, como pueden ser el turismo rural o agricultura ecológica, infinitamente más beneficiosas laboral y ambientalmente hablando y por consiguiente para el beneficio colectivo.

En este sentido gran parte de la población de Solera se ha manifestado públicamente contra la instalación de esta industria porcina intensiva en este espacio, cosa que ha quedado plasmada en distintos medios de comunicación.

Esta oposición de los habitantes de la zona, por no ofrecer una verdadera utilidad pública, se ha ratificado en la numerosa Jusprudencia del TSJA sobre autorizaciones basadas en la utilización inadecuada de este concepto.

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