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El TSJA anula dos autorizaciones de ocupación de una vía pecuaria en Carmona

La Vereda del Término en la zona de las ocupaciones por cultivo para lo que han eliminado la vegetación propia de las vías pecuarias

La Vereda del Término en la zona de las ocupaciones por cultivo para lo que han eliminado la vegetación propia de las vías pecuarias

Estiman dos recursos de Ecologistas en Acción por falta de justificación y se invalida la política de la Junta de Andalucía que favorece el interés particular de algunos grandes terratenientes frente al interés general

El TSJA ha confirmado en apelación la sentencia del juzgado de lo contencioso número 14 de Sevilla, que anuló la autorización de ocupación que otorgó la Junta de Andalucía de la vía pecuaria Vereda del Término en Carmona.

La sentencia da la razón a Ecologistas en Acción en un expediente de ocupación temporal, por 10 años prorrogables de 6.315 metros cuadrados, de la vía pecuaria Vereda del Término en Carmona, con destino a cultivos de olivar en regadio, de la finca colindante La Algabarra, propiedad de Aceites y explotaciones Cortijo Aparicio, S.L. que tiene 179 Hectareas (1.790.000 metros cuadrados).

La magistrada estima que «el interés particular para obtener el aprovechamiento de los suelos de la vía pecuaria debe decaer, ante el interés general que establece un deber prioritario de conservación de las vías pecuarias y por consiguiente, el carácter restrictivo que necesariamente deben tener esas ocupaciones, salvo justificación de la excepcionalidad».

La sentencia confirma que la autorización no estaba justificada porque estas autorizaciones deben ser excepcionales, prevaleciendo el deber de conservar la vía pecuaria, y el cultivo no es una razón excepcional.

De aceptarse este tipo de ocupaciones se estaría poniendo en grave riesgo el dominio público vía pecuario, ya muy amenazado por ocupaciones ilegales de los propietarios colindantes y otras amenazas.

La vías pecuarias constituyen un enorme recurso económico, ambiental y cultural. Por ejemplo, constituyen unos corredores ecológicos muy necesarios para paliar la alarmante pérdida de biodiversidad y luchar contra el cambio climático como sumidero de carbono.

La Sentencia, que puede ser recurrida en casación, se suma a otra de enero de 2020, referente a otra autorización de una ocupación en otro tramo de la misma vía pecuaria también en el término de Carmona, para el mismo fin. En aquel caso el TSJA apreció el mismo motivo, la ausencia de la preceptiva excepcionalidad

Ecologista en Acción considera que la conservación de las vías pecuarias en Andalucía es muy deficiente y no existe voluntad política para mejorarla, siendo los actos anulados por las referidas sentencias un ejemplo de ello.

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